Revista de Derecho Alimentario
n°51 - Diciembre 2009
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- El Tribunal de Justicia clarifica el concepto de confituras y confituras extras en el caso Zentrale zur Bekämpfung unlauteren Wettbewerbs eV v.s Adolf Darbo AG
- La Agencia Británica de Seguridad Alimentaria lleva a cabo una consulta pública sobre complementos alimenticios
- Continúa el debate sobre el valor nutritivo del Omega-3
- Prohiben en Finlandia la Pueraria mirifica
- Publicado el Reglamento CE 953/2009 sobre sustancias que pueden añadirse a los alimentos dietéticos
- Declaraciones de salud
- Reacciones a la publicación de los primeros dictámenes del artículo 13.1
- La EFSA publica un documento con las preguntas más frecuentes sobre la evaluación de solicitudes de declaraciones de salud sobre el artículo 14 y 13.5
- La Agencia de Publicidad Británica prohíbe ciertos eslóganes del producto Vitaminwater
- La industria le resta importancia al rechazo masivo de solicitudes de probióticos
- La Agencia Británica de Seguridad Alimentaria se clasifica una publicidad de omega-3 como engañosa
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- El derecho alimentaria en América Latina
- Autoridades panameñas de protección al consumidor sancionan a Bimbo por uso engañoso de declaraciones nutricionales: “pan 100% integral”
- Consenso entre gobierno chileno y gremio empresarial para apoyar el proyecto de ley sobre composición nutricional de los alimentos y su publicidad
- El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA) de Colombia, emite resolución para reclasificación de algunos productos a suplementos alimenticios
- La Agencia de Vigilancia Sanitaria (ANVISA) de Brasil realizó audiencia pública previa a la sanción del Reglamento técnico sobre la oferta y publicidad de alimentos considerados de “escaso valor nutricional”.
- Ministerio de salud del Uruguay introduce modificaciones en su Reglamento Bromatológico Nacional y agrega en su capítulo de alimentos modificados los edulcorantes de mesa
- El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) del Perú aprobó nueva Norma Técnica Peruana de Quinua
- Por consenso organismos públicos y privados de la República Dominicana, aprobaron resolución específica sobre la información obligatoria en el etiquetado de los productos lácteos
- Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria (ANVISA) de Brasil prohíbe comercialización de Fórmula Hipoalergénica para bebés elaborada en Reino Unido
- En Chile más de 1000 alimentos envasados ya cuentan con nuevo etiquetado nutricional basado en la Guía Diaria de Alimentación (GDA)
- España
- Autocontrol insta a rectificar la declaración “Sumérgete al mundo de la salud”
- Autocontrol dictamina que la declaración ''la leche más sana y natural'' debe ir acompañada de una declaración específica
- Sentencia del Tribunal Supremo de 22 de julio de 2009, sobre ''marcas eslongan''.
- El Derecho alimentario en el BOE…
- El derecho alimentario en el diario oficial de la Unión Europea
- Bibliografía
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RDA n°51 - Diciembre 2009 : Novel foods
La legislación europea de novel foods limita el desarrollo y el comercio internacional
De acuerdo con un nuevo informe publicado en la revista especializada Food Policy, la legislación europea vinculada a novel foods funciona como barrera comercial de ciertos tipos de alimentos y afecta la cadena de valor en los países en vías de desarrollo. Además, el informe afirma que la legislación limita los efectos directos e indirectos de reducción de la pobreza en los países con más carencias.
Argumentos centrales del estudio
El nuevo informe ha sido elaborado por el científico Michael Hermann perteneciente al equipo de investigadores del instituto canadiense Biodiversity International. Dicho estudio ha sido apoyado por una consultora del mismo país llamada Consultative Group on International Agricultural Research (CGIAR).
El principal argumento del estudio de Hermann se basa en el creciente y justificado interés de los países industrializados en los alimentos exóticos que se encuentran en algunos países en vías de desarrollo. El documento destaca que dicho interés no sólo deriva de los atributos nutricionales únicos de ciertos alimentos sino de la potencialidad que los mismos tendrían si fueran exportados en la Unión Europea.
Sin embargo, el autor considera que el obstáculo radica en que muchos de los nutrientes que componen los alimentos exóticos, como lo son el yacon y la hoja de durazno provenientes de Amazonas, requieren un proceso de registro y aprobación bajo la categoría de novel foods. Otro ejemplo que menciona el estudio es el camu camu que si bien cuenta con un enorme aporte de vitamina C y un sabor interesante, actualmente está permitido sólo en complementos alimenticios.
Por ende, Hermann estima que el interés por estos alimentos exóticos y el precio premium que podrían atraer en el mercado internacional, impulsarían una inversión masiva en la cadena de valor estimulando la innovación en la biodiversidad tropical y otorgando indirectamente nuevas oportunidades de ingreso a las poblaciones más pobres de los países en vías de desarrollo. Sin embargo, ¨las disposiciones legislativas vigentes sobre novel foods están interfiriendo en la relación norte-sur de la cadena de alimentos de valor y, de esta manera, empeoran los precios de los granos más trabajados como lo son el maíz y el arroz¨ afirma Hermann. El riesgo más terrible, según el estudio, es que ¨los precios de los granos tradicionales cultivados caigan a un nivel de subsistencia para las poblaciones más humildes y terminen por destruir la sustentabilidad de las economías locales¨.
Por este motivo, el estudio propone que una parte de los alimentos exóticos ingeridos por otras culturas obtengan su propia categoría de novel foods con requerimientos de seguridad alimentaria proporcionales al riesgo que conllevan su consumo. También propone que todas las actividades que ayuden a exportar estos productos deban tener en cuenta las reglas de seguridad alimentaria y proveer una información estadística que facilitaran su ingreso en otros mercados internacionales.
UE con plazos muy prolongados
Otro de los temas que aborda el estudio de Hermaan es el período de tiempo que requiere el proceso de aprobación de ciertas frutas exóticas como novel foods en Europa. De hecho, las frutas noni y sus hojas han necesitado 37 y 49 meses respectivamente para ser aprobadas como novel foods.
La solicitud de las pulpas de frutas secas del árbol africano baobab (Adansonia digitata) estuvo suspendida durante más de 23 meses antes de que fuera aprobada en el 2008. Peor aún, es el caso de la Allanbackia, también proveniente de África, el cual necesitó de 46 meses para obtener su aprobación.
El estudio menciona casos en los cuales la UE rechazó totalmente la solicitud de posibles novel foods. Uno de ellos es la stevia (stevia rebaudiana) que fue rechazada en el 2000 por falta de información científica pese a que otros mercados como Estados Unidos y Australia estaban ejerciendo enorme presión para comercializar extractos de la misma. Las nueces Nangai con origen en Asia del Este y el Pacifico fueron también rechazadas en el 2000 porque la información toxicológica no era completa pese a las enormes evidencias que datan su uso en más de 8000 años atrás.
Hermaan concluye su informe afirmando que ¨el hecho de que mucho de los alimentos y nutrientes bloqueados por la legislación europea de novel foods son legales en mercados importantes como Estados Unidos, Australia y Suiza sugiere que la norma europea en temas de novel foods es más estricta. La tendencia actual es que los comerciantes y exportadores re-dirijan sus estrategias de marketing y venta a los países donde la legislación es más flexible¨.
El reglamento europeo de novel foods entró en vigor en la UE en 1997, y requiere que todo alimento e ingrediente que no haya sido consumido de manera significativa en la UE antes de 1997 se someta a un proceso de prueba científicas muy riguroso antes de formar parte del mercado.
Con el paso del tiempo, este proceso de prueba y aprobación de novel foods ha demostrado ser muy largo para la industria interesada (promedio de cuatro años). Los críticos principales han sostenido que este procedimiento ha estado afectando a la competitividad internacional del mercado de alimentos europeo.
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