Revista de Derecho Alimentario

n°60- Octubre 2010

Noticia de portada
  1. Nueva extensión del período de transición para las claims generales
Noticias de actualidad
  1. Publicidad de complementos para el estreñimiento no cumple la normativa según ASA
  2. Alerta en el Reino Unido ante unos anuncios de complementos medicinales
  3. Dinamarca advierte a los consumidores sobre el cohosh negro
  4. EFSA aprueba una declaración de propiedades saludables para la vitamina B en los niños
  5. EFSA se reafirma en la evaluación de la seguridad licopeno 
  6. El código de marketing de fórmulas infantiles ha fallado, según expertos.
  7. EFSA aprueba el uso en complementos alimenticios del extracto de tomate de la marca Provexis
  8. Las bebidas energéticas no necesitan advertencias adicionales en las etiquetas
  9. Llega al mercado una nueva fuente de vitamina K2
  10. Los complementos alimenticios para la pérdida de peso no funcionan, revisión de las claims
  11. Vitabiotics modifica los anuncios de uno de sus productos para cumplir con las exigencias de ASA
Declaraciones de salud
  1. EFSA organiza un calendario de cursos de declaraciones de propiedades saludables
  2. EFSA rechaza una declaración de propiedades saludables sobre proteína de soja y reducción de colesterol
  3. EHPM lleva el caso de las declaraciones de propiedades saludables ante el Defensor del Pueblo Europeo
Novel Food
  1. EFSA da luz verde a dos nuevos novel foods
Tribuna
  1. Medicalizar o no medicalizar, esa es la cuestión...
Reseña de jurisprudencia del TJUE
  1. Reseña de jurisprudencia del TJUE
Around the world
  1. Unión de Consumidores de Estados Unidos advierte sobre la presencia de ingredientes nocivos en suplementos alimenticios
  2. Agencia de Normas Alimentarias del Reino Unido determina que en el país se consumió carne de animales que procedían de vacas clonadas
  3. Cámara del Senado norteamericana respalda por unanimidad proyecto de la Ley de Nutrición Infantil (Child Nutrition Act)
  4. Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA) somete a consideración normativa que autoriza etiquetar al pollo como ''natural''
  5. En EE. UU. entra en vigor nueva regulación para garantizar la seguridad alimentaria en el consumo de huevos de gallinas
  6. Estado de California en EE. UU. busca hacer cumplir las normativas sobre alimentos orgánicos que regulan industria
  7. Organización Mundial de la Salud (OMS) establece los niveles máximos de melamina para los alimentos líquidos y sólidos
  8. Entra en vigencia en EE.UU. reglamento para el etiquetado nutricional de los menús de restaurantes y puntos de venta de alimentos al por menor
El Derecho Alimentario en Latinoamérica
  1. Uruguay adopta por decreto en su legislación el reglamento técnico MERCOSUR sobre la exclusión de uso de aditivos alimentarios
  2. Defensoría del Consumidor del Salvador promueve el cumplimiento de la norma obligatoria de agua envasa
  3. Congreso mexicano insta a las autoridades sanitarias a retirar la publicidad de suplementos alimenticios comercializados como ?productos milagro?.
  4. En México la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) suspende la comercialización de suplemento alimenticio por publicidad engañosa
  5. Tribunal del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) de Perú, emitió resolución que considera la condición transgénica de insumos para la industria alimentaria como información relevante
España
  1. El Ministerio de Sanidad prepara un plan de lucha contra la el exceso de peso en la población infantil
  2. Proyecto de Real Decreto por el que se aprueba la norma de composición y características específicas del queso Ibérico
  3. La Audiencia Provincial de Burgos ha declarado que constituye un acto de competencia desleal comercializar como refrigerado el producto de la marca Zumos Pascual
  4. El Derecho alimentario en el BOE
El Derecho alimentario en el DOUE
  1. El Derecho alimentario en el ''Diario Oficial de la Unión Europea''
Agenda
  1. Agenda de actividades

RDA n°60- Octubre 2010 : Noticia de portada

Nueva extensión del período de transición para las claims generales

La Comisión Europea anunció el lunes que la lista comunitaria de declaraciones de propiedades saludables autorizadas mencionada en el artículo 13(3) del Reglamento 1924/2006 (“la lista del artículo 13”) no se establecerá “por lotes”, es decir, según los lotes de opiniones publicados por la EFSA, sino en dos pasos.

La primera parte de la lista incluirá todas las declaraciones sobre sustancias distintas a las plantas, que se adoptarán de una sola vez. La segunda parte de la lista cubrirá las declaraciones sobre plantas.

La Comisión Europea pidió a la EFSA que finalice la evaluación de las declaraciones sobre sustancias distintas a las plantas a finales de junio de 2011. Por tanto, la aprobación de la primera parte de la lista del artículo 13 no se espera antes de, al menos, marzo de 2012.  

Consecuencias

El artículo 28(5) del Reglamento 1924/2006 dispone que, hasta la adopción de la lista del artículo 13, las declaraciones de salud referidas en el artículo 13(1)(a) podrán efectuarse bajo la responsabilidad de los explotadores de empresas alimentarias.

El artículo 13(1)(a) se refiere a las declaraciones de propiedades saludables sobre la función de un nutriente o otra sustancia en el crecimiento, el desarrollo y las funciones corporales.

Por consecuencia, el régimen legal aplicable bajo el artículo 28(5) se extiende hasta que la Comisión Europea adopte la primera parte de la lista del artículo 13: cualquier declaración del artículo 13(1)(a), incluyendo las declaraciones sometidas bajo el artículo 13(5), pueden seguir en el mercado bajo la responsabilidad de los explotadores de empresas alimentarias y las condiciones del artículo 28(5).

Antecedentes

El artículo 13(3) del Reglamento 1924/2006 prevé que la Comisión Europea adoptará una lista comunitaria de declaraciones permitidas tal como se prevé en el apartado 1, y todas las condiciones necesarias para el uso de dichas declaraciones a más tardar el 31 de enero de 2010. Este plazo no se ha cumplido.

Dicha lista comunitaria está compuesta exclusivamente de las declaraciones de propiedades saludables transmitidas por los Estados Miembros antes del 31 de enero de 2008 – con exclusión de cualquier declaración basada en ciencia nueva o que incluya una solicitud de protección de datos, sometida bajo el artículo 13(5).

La EFSA está llevando a cabo la evaluación científica de las declaraciones de propiedades saludables sometidas por los Estados Miembros, y publicó los dos primeros lotes de declaraciones el 1 de octubre de 2009 y el 25 de febrero de 2010. 

En diciembre de 2009, la Comisión Europea había declarado su intención de adoptar la lista del artículo 13 en varios lotes. La Comisión también declaró que las declaraciones que permanecen bajo evaluación seguirían sujetas al régimen jurídico aplicable en el período de transición.

Aclaración: la ausencia de necesidad nutricional no es motivo para prohibir el uso de declaraciones de salud

Según el acta de una reunión reciente del Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y Salud Animal, varios Estados miembros han mostrado su preocupación por la inminente aprobación de varias declaraciones de propiedades saludables para las que la EFSA ha señalado en su dictamen que no existe evidencia de ingesta inadecuada en la población de la UE.

 La Comisión Europea, sin embargo, aclaró que este hecho no significa que todos los subgrupos de población de la UE tengan necesariamente una ingesta adecuada de dichos nutrientes. Es más, la Comisión señaló que el Reglamento 1924/2006 no prevé la posibilidad de denegar el uso de una declaración por este motivo ni impone requisitos adicionales de etiquetado derivados de este hecho.

 La jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE ya aclaró en 1991 que la ausencia de necesidad nutricional no era una razón suficiente para prohibir la comercialización de productos enriquecidos con determinados nutrientes (cf. C-192/01 Comisión/Dinamarca). A fortiori, tampoco debe serlo para prohibir declaraciones nutricionales o de salud.

 Debate: ¿Qué ocurre cuando el beneficio no tiene relación con la ingesta del nutriente?

En sus dictámenes favorables sobre el calcio, EFSA comentó que el efecto benéfico sobre la salud no tenía relación con la ingesta de dicho nutriente. Algunos Estados miembros prefieren que, en estos casos, no se aprueben las declaraciones en los productos alimenticios, ya que serían engañosas. Otros, sin embargo, prefieren incluirlas en la lista definitiva ya que están sustanciadas científicamente.

 La Comisión anunció que debe seguir trabajando en la redacción de las declaraciones así como en sus condiciones de uso, por lo que su adopción, prevista para el mes de noviembre, puede verse, una vez más, retrasada.

 

 

 

 

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