Revista de Derecho Alimentario
n°71-Septiembre 2011
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- Actualidad
- Sin prohibición del Marmite en Dinamarca
- La EFSA golpea al mercado de alimentación deportiva
- La EFSA recibe estudios sobre el aspartamo tras su petición pública para reevaluarlo
- Las propuestas de etiquetado de la UE se quedan cortas, dicen los fabricantes de complementos
- Erradicada una campaña online sobre agua ionizada por declararse beneficiosa para el colon
- Francia elimina los niveles máximos de uso de algunas vitaminas
- Declaraciones de salud
- Novel Foods
- Tribuna
- Around the World
- China reforzará su control sobre la seguridad alimentaria y complementos alimenticios
- EE.UU. retira su oposición en el Codex Alimentarius sobre regularización del etiquetado de alimentos derivados de la biotecnología moderna
- La Agencia de Productos Terapeúticos de Australia advierte contra el uso del adelgazante St Nirvana
- El Derecho Alimentario en Latinoamérica
- El Senado chileno aprobó legislar sobre el proyecto que obligará a declarar ingredientes transgénicos en el etiquetado de los alimentos destinados al consumo humano
- Las Autoridades sanitarias de México emiten una alerta para evitar el consumo de un ¨complemento alimenticio¨ que contiene tadalafil
- Bolivia promulga ley que obliga la declaración de ingredientes transgénicos en productos destinado al consumo humano
- El Instituto de Nutrición y Tecnología de los Alimentos (INTA) de Chile realizará estudios para elaborar reglamento asociado a la ley de etiquetado de alimentos
- La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) de Argentina crea el foro: criterios para la definición de declaraciones de propiedades saludables en los alimentos
- Ministerio de Protección Social de Colombia publica reglamento técnico de etiquetado que deben cumplir los aditivos alimentarios
- Ministerio de Salud de Chile somete a consulta pública articulado del Reglamento Sanitario de la Alimentos (DS 977/96) sobre rotulado de alimentos importados
- España
- Modificado el real decreto que establece las normas de identidad y pureza de los colorantes utilizados en los productos alimenticios
- Publicada la lista de sustancias permitidas para la fabricación de materiales poliméricos destinados a entrar en contacto con los alimentos
- El Derecho alimentario en el BOE...
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RDA n°71-Septiembre 2011 : Declaraciones de salud
Ingredia se pronuncia sobre el rechazo de la declaración de los péptidos: ¨No tiene nada que ver con nosotros¨
El proveedor francés Ingredia se ha distanciado de una reciente declaración de propiedades saludable rechazada sobre la capacidad de los hidrolizados trípticos de la caseína (péptidos activos) para reducir el estrés.
La empresa ha declarado que ha intentado contactar con las empresas involucradas en la solicitud de esta declaración sobre funciones generales, que se ampara en el artículo 13, para pedirles que no procedan con ella vía sus estados miembros: Eslovaquia, Francia y Finlandia.
“Sabíamos que el dossier no era suficientemente completo a tenor de lo que habíamos visto, así que intentamos contactar con dos o tres empresas, de las más pequeñas, para advertirles porque estábamos seguros de que no iba a lograrlo, pero siguieron adelante de todas formas y fueron rechazados, tal y como esperábamos”, dijo un portavoz de la empresa. “No tiene nada que ver con nosotros”.
Ingredia tiene una versión patentada hidrolizada llamada Lactium, pero aún no ha solicitado declaraciones para ella ya que sigue recopilando información científica, aunque tiene una solicitud entre bastidores.
En una declaración corporativa, dijeron: “seguimos realizando nuevos ensayos clínicos”.
“Uno de los estudios en marcha sobre efecto a corto plazo dio unos resultados muy prometedores. Ingredia Nutritional podría considerar una colaboración con la EFSA para aprovechar al máximo estas evidencias clínicas”.
Declaración rechazada
Ingredia comentó que la declaración rechazada era deplorable y muy deficiente, aparte del hecho de que la lista del artículo 13 podría no ser el emplazamiento más apropiado.
“Desafortunadamente, lo incompleto de los datos y la inexactitud de los textos de estas primeras solicitudes (realizadas en un momento en que las directrices para las solicitudes no eran muy claras), se saldaron con el dictamen negativo de la EFSA”.
“Además, estos dossieres se presentaron bajo el artículo 13.1, algo inapropiado. Si la petición se hizo para declaraciones de propiedades saludables del Lactium, debería haberse presentado bajo el 13.5, pues el Lactium es un ingrediente patentado y sus datos científicos y clínicos están registrados”.
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