Revista de Derecho Alimentario

n°71-Septiembre 2011

Noticia de portada
  1. Inminente adopción del Reglamento sobre la información alimentaria facilitada al consumidor
Actualidad
  1. Sin prohibición del Marmite en Dinamarca
  2. La EFSA golpea al mercado de alimentación deportiva
  3. La EFSA recibe estudios sobre el aspartamo tras su petición pública para reevaluarlo
  4. Las propuestas de etiquetado de la UE se quedan cortas, dicen los fabricantes de complementos
  5. Erradicada una campaña online sobre agua ionizada por declararse beneficiosa para el colon
  6. Francia elimina los niveles máximos de uso de algunas vitaminas
Declaraciones de salud
  1. El rechazo de la solicitud de astaxantina ¨no coge por sorpresa¨
  2. La EFSA concluye la evaluación de 2758 solicitudes de declaraciones amparadas en el artículo 13, incluyendo el rechazo de las isoflavonas de la soja
  3. La industria de la soja vuelve a presentar una solicitud de declaraciones sobre colesterol tras las primeras negativas
  4. Ingredia se pronuncia sobre el rechazo de la declaración de los péptidos: ¨No tiene nada que ver con nosotros¨
  5. Kraft obtiene un dictamen positivo a su solicitud de declaración de propiedades amparada en el artículo 13.5
  6. Según expertos en probióticos, las decisiones de la EFSA han causado ¨daños irreparables¨ en el sector
  7. El dictamen de la EFSA sobre edulcorantes intensos carece de ¨sentido común¨, según AJINOMOTO
  8. La EFSA rechaza la declaración de propiedades del colágeno para la salud articular y acepta la L- tirosina
  9. El rechazo de la EFSA a las declaraciones de hidratación con agua es ¨infundado e injustificado¨
  10. Las solicitudes de declaraciones de fibras de granos obtienen una respuesta desigual por parte de la EFSA
  11. La EFSA no modifica sus dictámenes pese a los comentarios enviados por las empresas a la Comisión Europea
  12. Según un miembro del Panel NDA, los académicos en desacuerdo compartirían sus opiniones si trabajasen en la agencia
  13. Augurios propicios para el logotipo 'Toothfriendly' tras el apoyo de la EFSA
  14. Según un experto en L-carnitina, la EFSA utiliza documentación ¨anticuada¨
  15. ¿Son irrelevantes las ¨declaraciones de mercancía saludable¨ que abarrotan las estanterías europeas?
Novel Foods
  1. Kaneka da la bienvenida a la aprobación de su extracto de regaliz adelgazante
Tribuna
  1. ¨¨¿Qué me pasa, Doctor?¨ - Los profesionales sanitarios bajo el Reglamento 1924/2006 (y II)
Around the World
  1. China reforzará su control sobre la seguridad alimentaria y complementos alimenticios
  2. EE.UU. retira su oposición en el Codex Alimentarius sobre regularización del etiquetado de alimentos derivados de la biotecnología moderna
  3. La Agencia de Productos Terapeúticos de Australia advierte contra el uso del adelgazante St Nirvana
El Derecho Alimentario en Latinoamérica
  1. El Senado chileno aprobó legislar sobre el proyecto que obligará a declarar ingredientes transgénicos en el etiquetado de los alimentos destinados al consumo humano
  2. Las Autoridades sanitarias de México emiten una alerta para evitar el consumo de un ¨complemento alimenticio¨ que contiene tadalafil
  3. Bolivia promulga ley que obliga la declaración de ingredientes transgénicos en productos destinado al consumo humano
  4. El Instituto de Nutrición y Tecnología de los Alimentos (INTA) de Chile realizará estudios para elaborar reglamento asociado a la ley de etiquetado de alimentos
  5. La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) de Argentina crea el foro: criterios para la definición de declaraciones de propiedades saludables en los alimentos
  6. Ministerio de Protección Social de Colombia publica reglamento técnico de etiquetado que deben cumplir los aditivos alimentarios
  7. Ministerio de Salud de Chile somete a consulta pública articulado del Reglamento Sanitario de la Alimentos (DS 977/96) sobre rotulado de alimentos importados
España
  1. Modificado el real decreto que establece las normas de identidad y pureza de los colorantes utilizados en los productos alimenticios
  2. Publicada la lista de sustancias permitidas para la fabricación de materiales poliméricos destinados a entrar en contacto con los alimentos
  3. El Derecho alimentario en el BOE...
Derecho Alimentario en el DOUE
  1. Derecho Alimentario en el DOUE
Agenda
  1. Agenda

RDA n°71-Septiembre 2011 : Declaraciones de salud

La EFSA no modifica sus dictámenes pese a los comentarios enviados por las empresas a la Comisión Europea

Tras una petición de la Comisión Europea, la EFSA debe revisar los comentarios relativos a los dictámenes negativos de las solicitudes de declaraciones de propiedades del Panel de Productos Dietéticos, Nutrición y Alergias (NDA) sobre la confirmación científica de las declaraciones del Lactobacillus plantarum  de la empresa Tensia en el “queso para el corazón” de Harmony, del Artículo 13, y los presentados por Cognis GmbH respecto a la reducción del riesgo de deshidratación del agua.

El Reglamento no prevé la consulta de los dictámenes de la EFSA. Sin embargo, los solicitantes pueden enviar comentarios a la Comisión Europea respecto a ellos. Tanto la Comisión como los Estados Miembros, aguardan la respuesta de la EFSA a los comentarios para proceder a la discusión y votación final del Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal (SCFCAH) para aprobar o rechazar las declaraciónes de propiedades saludables sobre las que se han hecho comentarios.

Lactobacillus plantarum “en el queso para corazón”

En el dictamen del 28 de enero de 2011, el Panel NDA de la EFSA concluyó que no podía establecerse relación de causa y efecto entre el Lactobacillus plantarum  de la empresa TENSIA en el “queso para el corazón” de Harmony y el mantenimiento de una normal presión sanguínea.

Los comentarios recibidos al respecto no han cambiado la conclusión del Panel. Estos comentarios se basan en una serie de estudios presentados en 2009. Uno de ellos es una prueba cruzada aleatoria controlada por placebo, otro son dos estudios pilotos de intervención secuencial no aleatoria y por último un estudio abierto no controlado con intervención humana.

Al igual que en enero de 2011, la EFSA concluye que no puede establecerse una relación de causa y efecto, por lo que los comentarios recibidos no modifican el dictamen negativo.

Cognis GmbH

El 28 de enero de 2011, el Panel NDA de la EFSA emitió un dictamen sobre la solicitud de declaración de propiedades saludables relativas al agua por su capacidad de reducir el riesgo de deshidratación amparándose en el Artículo 14 del Reglamento.

Según el Panel, los solicitantes entendían la deshidratación como una enfermedad y el factor de riesgo propuesto fue “pérdida de agua en los tejidos” o “reducción del contenido de agua en los tejidos”. El Panel consideró que los factores de riesgo propuestos eran medidas del agotamiento de agua y por lo tanto medidas de la enfermedad (deshidratación en este caso).

Para las declaraciones de reducción de riesgo de enfermedad, el efecto beneficioso fisiológico (que debe existir, pues así lo exige el Reglamento) es la reducción del factor de riesgo de desarrollar una enfermedad humana. Sin embargo, la escasez de agua no se considera un factor de riesgo de deshidratación (la enfermedad) en este contexto pues el factor beneficioso (el incremento del consumo de agua) no tiene un efecto benéfico fisiológico tal y como lo requiere el Reglamento.

Por ello, pese a que la EFSA dictaminó positivamente la capacidad del agua para el normal rendimiento físico y mental en otra solicitud, no ha modificado dictamen negativo pues la declaración propuesta no cumple con los requisitos exigidos en el Artículo 14 sobre reducción del riesgo de enfermedad.

 

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